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6. A los efectos de este Plan, cuando el trabajador o jubilado afiliado
pague directamente los servicios médicos prestados a él o
a uno cualquiera de los beneficiarios inscrito en el Plan, para el respectivo
reembolso, deberá entregar a EDELCA una planilla de Aviso,
Declaración e Información de Servicios, suministrando la información acerca
del accidente o enfermedad y le anexará los recibos, facturas y documentos
justificativos correspondientes.
7. EDELCA contribuirá con el pago de la prima o aporte necesario
según las estipulaciones establecidas en el "Condicionado General
del Plan de Salud de EDELCA" para la cobertura de este Plan, según
la siguiente escala:
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SUELDOS |
PORCENTAJE |
| Hasta
Bs. 699.999,00 |
95% |
| De
Bs. 700.000,00 a 999.999,00 |
92% |
| De
Bs. 1.000.000,00 en adelante |
88% |
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