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A)
Supuesto de Muerte, Incapacidad Absoluta Permanente e Incapacidad Parcial
Permanente por Accidente de Trabajo o Accidente no Laboral Inculpable.
1. EDELCA Contratará una póliza de seguro para la
cobertura de los riesgos de muerte, incapacidad absoluta permanente, asi
como de incapacidad parcial permanente, causados por accidentes de trabajo
o accidentes no laborales inculpables que sufran sus trabajadores de Confianza
y Dirección.
2. El monto de la indemnización por incapacidad absoluta permanente
o muerte, producto de accidentes de trabajo o no laborales inculpables,
de acuerdo a sueldo básico del trabajador, será contratada
por la empresa Aseguradora por EDELCA, pagando enteramente
la prima a su sola costa, según la siguiente escala:
ESCALAS DE SUELDOS BASICOS (Bs.) |
MONTO ASEGURADO |
De
0 hasta 599.999 |
50.000.000 |
600.000
hasta 799.999 |
60.000.000 |
800.000
hasta 1.999.999 |
70.000.000 |
1.200.000
en adelante |
80.000.000 |
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Nota
Importante
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