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XX.
PLAN DE FINANCIAMIENTO PARA LA ADQUISICION DE PASAJES
AEREOS |
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1. EDELCA otorgará a sus trabajadores financiamiento para la adquisición
de pasajes aéreos en rutas nacionales.
2. Los pasajes serán emitidos sólo a nombre del trabajador, su cónyuge o
concubina(o), padres e hijos.
3. El valor de los pasajes solicitados será descontado al trabajador por
nómina con su debida autorización escrita, hasta un máximo de seis
(06) cuotas, mensuales y consecutivas, a partir del mes siguiente al cual
se haya otorgado el beneficio. |
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4. Es requisito indispensable para optar a este beneficio que el empleado
tenga por lo menos seis (06) meses en la empresa y que el monto total de
lo solicitado no sea mayor al de su indemnización legal por antigüedad no
comprometida, dado que el monto referido será retenido de ésta, con la
expresa y escrita autorización del trabajador al efecto, hasta
tanto no sea satisfecha totalmente la deuda contraída con
EDELCA.
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5. También servirán de garantía para optar a este beneficio la participación
del trabajador en los beneficios líquidos de la empresa en el respectivo
ejercicio económico, con la expresa y escrita autorización
del trabajdor al efecto.
6. En caso de terminación de la relación laboral por cualquier causa, anticipada
a la total cancelación de la deuda contraída por el trabajador a través
de las deducciones previstas en el numeral 3, EDELCA hará
el descuento del saldo deudor en la liquidación definitiva correspondiente.
7. Toda solicitud de financiamiento para la adquisición de pasajes aéreos, a los que
hace referencia este Plan, será tramitada ante la Unidad de Recursos Humanos respectiva. |
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