XX. PLAN DE FINANCIAMIENTO PARA LA ADQUISICION DE PASAJES
      AEREOS
     
 
 
1. EDELCA otorgará a sus trabajadores financiamiento para la adquisición de pasajes aéreos en rutas nacionales.

2. Los pasajes serán emitidos sólo a nombre del trabajador, su cónyuge o concubina(o), padres e hijos.

3. El valor de los pasajes solicitados será descontado al trabajador por nómina con su debida autorización escrita, hasta un máximo de seis (06) cuotas, mensuales y consecutivas, a partir del mes siguiente al cual se haya otorgado el beneficio.
 
4. Es requisito indispensable para optar a este beneficio que el empleado tenga por lo menos seis (06) meses en la empresa y que el monto total de lo solicitado no sea mayor al de su indemnización legal por antigüedad no comprometida, dado que el monto referido será retenido de ésta, con la expresa y escrita autorización del trabajador al efecto, hasta tanto no sea satisfecha totalmente la deuda contraída con EDELCA.
 
5. También servirán de garantía para optar a este beneficio la participación del trabajador en los beneficios líquidos de la empresa en el respectivo ejercicio económico, con la expresa y escrita autorización del trabajdor al efecto.

6. En caso de terminación de la relación laboral por cualquier causa, anticipada a la total cancelación de la deuda contraída por el trabajador a través de las deducciones previstas en el numeral 3, EDELCA hará el descuento del saldo deudor en la liquidación definitiva correspondiente.

7. Toda solicitud de financiamiento para la adquisición de pasajes aéreos, a los que hace referencia este Plan, será tramitada ante la Unidad de Recursos Humanos respectiva.