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1. En caso de nacimiento de hijo(s), EDELCA otorgará lo siguiente:
1.1. Permiso remunerado
de un (1) día hábil al trabajador (padre).
1.2. Una contribución
especial por cada hijo nacido vivo de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.
500.000,00), previa presentación del original y copia del acta de
nacimiento respectiva.
2. El trabajador deberá
consignar los recaudos señalados en el numeral 1.2, por ante la Unidad de
Recursos Humanos respectiva, dentro de los treinta (30) días siguientes
a la fecha de nacimiento.
3. En aquellos casos en los cuales ambos padres sean trabajadores de la
Empresa, el beneficio se otorgará a uno sólo de ellos. |
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