|
 |
EDELCA otorgará a los trabajadores de Caracas el cincuenta por ciento
(50%) de los gastos mensuales de estacionamiento del vehículo propiedad
del trabajador causados por el traslado y permanencia en las oficinas de
EDELCA durante días laborables, para lo cual hará convenios con los
encargados de los estacionamientos de vehículos determinados por EDELCA.
La concesión del beneficio procederá previa solicitud del trabajador acompañada
del original de uno cualquiera de los siguientes recaudos:
- Certificado de origen;
- Titulo RAP; o
- Documento de compra-venta autenticado del vehículo.
El beneficio deberá ser renovado anualmente, previa solicitud del trabajador
acompañada del original de uno cualquiera de los recaudos ya mencionados.
Concedido el beneficio, EDELCA entregará al trabajador
una tarjeta magnética para uso del Estacionamiento asignado, pagando el
total del consumo de la misma, y deducirá mensualmente el 50% de la tarifa
del sueldo del trabajador.
Para el supuesto de no renovación anual del beneficio por el trabajador
o terminación de la relación de trabajo, éste deberá devolver a EDELCA
la tarjeta magnética recibida. |