XII. PLAN PARA EL FONDO DE ASISTENCIA ECONÓMICA | ![]() |
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7. CUOTAS DE AMORTIZACIÓN Las cuotas de amortización de los préstamos regulados en el presente Plan serán mensuales y consecutivas y se descontarán del sueldo del trabajador, a partir del mes inmediato siguiente al otorgamiento del préstamo. 8. INTERÉS Los préstamos tipo 3 a que se refiere el presente Plan, devengarán un interés anual (preferencial) de DOCE POR CIENTO (12%) sobre saldos deudores. El pago de dichos intereses se hará en la misma forma y plazos en que se amortice el capital. 9. FORMALIZACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS Los préstamos tipo 3 regulados en el presente Plan se formalizarán a través de la suscripción del respectivo Contrato y de los giros que deberán causarse en dicho Contrato. |
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