XII. PLAN PARA EL FONDO DE ASISTENCIA ECONÓMICA      
 
 
7. CUOTAS DE AMORTIZACIÓN

Las cuotas de amortización de los préstamos regulados en el presente Plan serán mensuales y consecutivas y se descontarán del sueldo del trabajador, a partir del mes inmediato siguiente al otorgamiento del préstamo.

8. INTERÉS

Los préstamos tipo 3 a que se refiere el presente Plan, devengarán un interés anual (preferencial) de DOCE POR CIENTO (12%) sobre saldos deudores. El pago de dichos intereses se hará en la misma forma y plazos en que se amortice el capital.

9. FORMALIZACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS

Los préstamos tipo 3 regulados en el presente Plan se formalizarán a través de la suscripción del respectivo Contrato y de los giros que deberán causarse en dicho Contrato.