IV. PLAN PARA EL ANTICIPO DE LA INDEMNIZACIÓN LEGAL
     POR ANTIGÜEDAD
     
 
 


1. La prestación de antigüedad de los trabajadores amparados por este plan se causará y pagará conforme lo dispone el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo reformada parcialmente el dieciocho de junio de mil novecientos noventa y siete (18/06/97). La generación y pago de los intereses de dicha prestación también estará regulada por el citado dispositivo legal.

Del monto total acumulado de la prestación de antigüedad no comprometido en garantía de pago de otras obligaciones contraídas con la Empresa, en virtud de beneficios otorgados por ésta, EDELCA hará anticipos de la siguiente manera:

 
1.1 Para satisfacer obligaciones derivadas de:
  1. Construcción, adquisición, mejora o reparación de vivienda para él y su familia;
  2. Liberación de hipoteca o de cualquier otro gravamen que pese sobre la vivienda de su propiedad;
  3. Pensiones escolares para él, su cónyuge, hijos o persona con quien haga vida marital; y
  4. Los gastos por atención médica y hospitalaria de las personas indicadas en el literal anterior.
1.2 Para efectuar este trámite, el trabajador deberá consignar los siguientes recaudos:
  1. Planilla de solicitud de retiro de prestación de antigüedad;
  2. En caso de construcción, mejora o ampliación de vivienda, anexar el presupuesto firmado por el constructor y para las hipótesis de mejora y ampliación copia del título de propiedad de la vivienda;
  3. En caso adquisición de vivienda, anexar original y copia del documento de opción de compra-venta debidamente notariado;
  4. En caso de liberación de hipoteca, amortización extraordinaria de capital hipotecario o de cualquier otro gravamen, anexar saldo del préstamo emitido por el acreedor hipotecario;
  5. En caso de pensiones escolares, anexar certificación de la deuda, emitida por el Instituto Educativo correspondiente; y
  6. Para la atención médica y hospitalaria, anexar presupuesto correspondiente.
2. La recepción de la solicitud de anticipo de indemnización legal por antigüedad, así como los documentos que la soporten, se hará en la Unidad de Recursos Humanos, para su tramitación y aprobación.