III. PLAN PARA EL PAGO DE UTILIDADES O BONIFICACIÓN SUSTITUTIVA DE FIN DE AÑO |
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Días a Bonificar 1. La Empresa podrá, en función de la decisión de Junta Directiva, otorgar el pago de utilidades para sus trabajadores y jubilados de la nómina de Confianza y Dirección, según lo contemplado en el Artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo o, en sustitución, un pago único de 120 días de salario básico. Forma de Pago 2. Este pago se hará en forma proporcional a los meses completos de prestación de servicio que tenga cada trabajador durante el año económico respectivo. 3. A los fines de este beneficio, se tendrá como tiempo de efectiva prestación de servicio:
4 . La porción de utilidades será tomada en cuenta para el cálculo de la indemnización por antigüedad legal. |
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